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Servicio
Divórciate en España sin volver
De mutuo acuerdo, sin hijos menores y ante notario. Coordino el convenio, el abogado, el poder consular y la inscripción en el Registro Civil.
Sin juzgado y sin volver a España
Desde la Ley 15/2015 puedes divorciarte de mutuo acuerdo ante notario, sin pasar por el juzgado y sin procurador. El requisito es que no haya hijos menores ni hijos mayores con medidas de apoyo, y que hayan transcurrido tres meses desde el matrimonio.
Y si los dos vivís fuera, no hace falta que volváis: podéis otorgar un poder ante el cónsul español de vuestro país y que otra persona comparezca por vosotros. Es lo que hago.
Dónde se firma: ante el notario del último domicilio común o el de la residencia habitual de cualquiera de los dos. No es donde os casasteis, sino donde vivíais.
Qué hago
Preparación
- Compruebo si tu caso encaja en la vía notarial
- Reúno certificados de matrimonio y de nacimiento
- Determino la notaría territorialmente competente
- Coordino el convenio regulador con el abogado
El poder
- Redacción del poder para el consulado
- Coordinación con el consulado y con la notaría
- Un solo representante puede actuar por ambos cónyuges
- Sin apostilla ni traducción jurada
Firma e inscripción
- Cita y otorgamiento de la escritura
- Representación en la firma, si lo contratas
- Inscripción del divorcio en el Registro Civil
- Entrega de copias y certificados
Qué cuesta todo, sin sorpresas
| Concepto | Importe | A quién se paga |
|---|---|---|
| Mi coordinación | desde 180 € | A mí, IVA incluido |
| Abogado que asiste y firma | desde 545 € | Directamente al letrado |
| Notaría | 150 – 230 € | A la notaría |
| Con representación y desplazamiento | A presupuestar | Según la ciudad |
La asistencia de abogado en ejercicio es obligatoria por ley en el divorcio notarial: no es opcional y la escritura la firma también el letrado. Yo la coordino, pero el encargo lo formalizas directamente con él.
Total orientativo para un caso sencillo: entre 875 y 955 €, todo incluido. Te lo detallo por escrito antes de empezar.
Preguntas frecuentes
¿Podemos divorciarnos si tenemos hijos?
Si son mayores de edad y no tienen medidas judiciales de apoyo, sí. Si hay hijos menores, la vía notarial está excluida por ley y hay que ir al juzgado; en ese caso te lo digo desde el principio y no te cobro por intentarlo.
¿Los dos tenemos que estar de acuerdo?
Sí. El divorcio notarial es solo para mutuo acuerdo, con un convenio regulador firmado por ambos. Si no hay acuerdo, el asunto es contencioso y corresponde a un abogado en vía judicial.
¿Podemos firmar los dos por poder?
Sí, e incluso ambos pueden apoderar a la misma persona. Es lo que permite resolver el divorcio sin que ninguno de los dos vuelva a España.
¿Nos vale cualquier notaría?
No. Tiene que ser la del último domicilio común del matrimonio o la de la residencia habitual de cualquiera de los dos. Yo compruebo cuál corresponde a vuestro caso.
¿Cuánto tarda?
Lo que marca el plazo es la cita en el consulado para el poder. Desde que el poder está firmado, entre dos y cuatro semanas. En casos con todo listo puede resolverse antes.
¿Nos casamos fuera de España. Vale igual?
Depende de si el matrimonio está inscrito en el Registro Civil español y de la nacionalidad de ambos. Es una comprobación previa que hago antes de aceptar el encargo.
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