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Desde MÉXICO

Crear una empresa en España desde México

Tu sociedad limitada española constituida sin salir de México. Firmas un poder en el consulado y me encargo del resto.

Empezar ahora Ver el servicio completo

desde 900 €todo incluido: notaría, registro y tasas
0viajes a España necesarios
10días hábiles desde la documentación completa
24 hde plazo máximo de respuesta

Sí puedes, y no necesitas residir aquí

Ni la nacionalidad española ni la residencia en España son requisitos para ser socio o administrador de una sociedad limitada española. Cualquier mexicano puede constituir su empresa en España y operar desde ella.

Lo que sí necesitas es un NIE y un poder para que alguien firme la escritura en tu nombre. Las dos cosas se resuelven desde México.

El consulado español es tu aliado

Puedes otorgar el poder ante el cónsul español en Ciudad de México, Guadalajara, Monterrey o Mérida. Al tratarse de un documento público español, no necesita apostilla ni traducción jurada: te ahorras entre 150 y 400 € y varias semanas frente a la alternativa de acudir a un notario local.

España cuenta con la Embajada en Ciudad de México y consulados en varias ciudades. La demarcación consular determina dónde debes acudir, así que conviene confirmarlo antes de pedir cita.

Las citas consulares pueden demorarse. El plazo de diez días empieza a contar cuando el poder está firmado y en mi poder, no desde el primer contacto. Te diré desde el principio cómo está la cosa en tu consulado.

Qué incluye

Desde México

  • Solicitud del NIE ante el consulado
  • Redacción del poder con todas las facultades
  • Coordinación con el consulado español
  • Lista exacta de documentos a aportar

En España

  • Certificación negativa de denominación
  • Redacción de estatutos y objeto social
  • Firma de la escritura en tu nombre
  • Inscripción en el Registro Mercantil

Para operar

  • NIF provisional y definitivo
  • Alta censal, modelo 036
  • Apoyo en la apertura de cuenta bancaria
  • Declaración de inversión extranjera

Preguntas frecuentes

¿Necesito residir en España o tener visado?

No. Ser socio o administrador de una sociedad española no exige residencia ni autorización de estancia. Venir a vivir o a trabajar a España es otra cosa distinta, que se tramita por vía separada y para la que te derivo a un abogado especializado en extranjería.

¿Tengo que viajar para firmar?

No, si otorgas el poder ante el cónsul español en Ciudad de México, Guadalajara, Monterrey o Mérida. Yo firmo la escritura en tu nombre y tú no te mueves.

¿Puedo abrir la cuenta bancaria desde aquí?

Depende de la entidad. Algunas admiten apertura remota para no residentes y otras exigen presencia. Te oriento sobre cuál encaja con tu perfil, aunque la decisión final siempre es del banco.

¿Sirve un poder ante notario mexicano?

Sí, con apostilla de La Haya, ya que México es parte del Convenio. Ahora bien, el poder consular evita ese trámite y la traducción, así que suele salir más rápido y más barato.

¿En qué idioma trabajamos?

En español, de principio a fin, y hablas siempre conmigo. Sin centralita ni gestor asignado.

Alcance de los servicios. Presto servicios de gestión administrativa y tramitación en actuaciones que no requieren intervención de abogado colegiado. Los asuntos que sí la requieran se derivan a abogado colegiado con el expediente preparado.

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